Ante los intentos de eliminar el aborto terapéutico en Nicaragua
Fuente: Movimiento Autónomo de Mujeres de Nicaragua - Camapaña 28 de setiembre

DOCUMENTO PRESENTADO ANTE LA PROCURADURIA DE DDHH DE NICARAGUA

Managua, 16 de octubre de 2006

Señor Omar Cabezas Lacayo
Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos
Su Despacho

Señor Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos:

El viernes 6 de octubre de 2006 la Jerarquía Católica en conjunto con integrantes de Iglesias Evangélicas realizaron una Marcha desde distintos puntos de la ciudad de Managua hacia la Asamblea Nacional, siendo recibidos por el pleno de la Junta Directiva de la Asamblea Nacional ante la cual introdujeron una propuesta de ley con la cual pretende eliminar la figura de Aborto Terapéutico en al legislación nacional y penalizar con 10 años de cárcel a las mujeres, con 20 años a profesionales de la salud y/o propietarios de clínicas, hasta llegar a la pena máxima a 30 años.

La Junta Directiva a través de la persona de su Presidente en funciones se comprometió a enviar en trámite rápido la propuesta de ley para que sea dictaminada por la Comisión de Justicia y el día 11 de octubre con la firma de seis integrantes de la Asamblea Nacional se envió el ante proyecto de ley a la Comisión de Justicia a la que se le dio un término de diez días para que procede a elaborar su dictamen.

El 10 de octubre por la mañana diversas agrupaciones de mujeres realizaron una Plantón por la vida de las mujeres y demandaron ser recibidas por la Junta Directiva de la Asamblea Nacional, sin embargo contrario a la actitud abierta y flexible observada frente a la jerarquía católica y dirigentes evangélicos, los representantes del pueblo, se negaron a recibir a la delegación de mujeres, contraviniendo así el Principio de Igualdad plenamente establecido en la Constitución Política de la República y en los tratados de derechos humanos reconocidos por el Estado de Nicaragua y que constituyen por lo tanto leyes de la república y cometiendo un acto de Discriminación en contra nuestra.

Por otra parte en relación a la imposición de las iglesias católica y evangélica hay que señalar que la misma constituye una violación a lo dispuesto en la Constitución Política de la República en relación a la no existencia de religión oficial en el Estado de Nicaragua.

Un Estado laico dice de la madurez de una democracia libre de injerencias religiosas de cualquier índole y del principio de tolerancia básico en una sociedad tan diversa. El definir que un estado no tiene religión oficial, se concretiza uno de los mayores avances en la conquista de la libertad de los pueblos, puesto que previo a la aparición de la laicidad los Estados se definían como confesionales, con lo cual se ordenaba que la actuación estatal se ajustara a los designios de la fe, con la consiguiente discriminación y persecución de quienes no creían en dogmas o religiones. En síntesis un Estado Laico es sinónimo de democracia, igualdad, libertad y justicia.

Nicaragua es un Estado Democrático que se define como un Estado Social de Derecho, en el que deben respetarse a toda la ciudadanía y por lo tanto no puede imponerse como política de estado las creencias personales que toda persona en uso de la Libertad de Conciencia tiene derecho a tener y manifestar.

Por otra parte en relación a la pretensión de reformar el Artículo 165 del Código Penal vigente en nuestro país -desde hace más de 100 años- y que se refiere a la figura del aborto terapéutico, se está demandando que se legisle en contra de la ciencia y de lo estipulado en le marco de los derechos humanos. En este asunto lo dramático del asunto NO ES la demanda de los jerarcas, lo LAMENTABLE y ANTI JURIDICO es que la junta directiva del Parlamento nicaragüense aceptó la petición, además que le brindó las señales de cómo podía hacerse un procedimiento expedito en el parlamento. A este respecto, es pertinente señalar que proyecto de ley como el Código de Familia tienen más de diez años de no aprobarse, el proyecto de Ley de Igualdad de Derecho y Oportunidades, cinco años y el proyecto de ley de Paternidad y Maternidad Responsable, dos años.


De concretarse una reforma eliminando el Aborto Terapéutico de la legislación nacional Nicaragua no sólo entraría en la lista de los 4 países que le cierran la puerta a la defensa de la vida de las mujeres, sino también y de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Internacional de Derechos del Niño y la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, entre otros, estaría violentando los siguientes derechos

  • Derecho a la salud y a la atención médica

  • Derecho a la vida

  • Derecho a la no discriminación

  • Derecho a la igualdad

  • Derecho a la seguridad personal

  • Derecho a la libertad

  • Derecho a la privacidad

  • Derecho a la información

  • Derecho a no ser sometido a trato cruel, inhumano y degradante

  • Derecho a decidir el número y espaciamiento de los hijos

  • Derecho a gozar de los beneficios del progreso científico

  • Derecho a la libertad religiosa y de conciencia
Nosotras en representación de la Coordinadora Política del Movimiento Autónomo de Mujeres y de la Campaña 28 de septiembre por la Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe, venimos ante su autoridad a demandar una resolución relativa a la violación del principio de igualdad y a la vulneración del Estado Social de Derecho por el sometimiento a los dictados de la jerarquía católica y a grupos evangélicos, todo ello cometido por la Junta Directiva de la Asamblea Nacional.

Por otra parte también solicitamos una investigación seria, profesional y científica en relación la preservación en la legislación nacional de la figura del aborto terapéutico como un derecho imprescindible para preservar la vida de las mujeres que lo necesiten.Señor Procurador, los hechos que hemos narrados constituyen una violación a las bases del Estado Democrático de Derecho y violentan la libertad y el ejercicio pleno de los derechos humanos. En documento adjunto indicamos el catálogo de derechos humanos que se verían vulnerados si se les niega a las mujeres el derecho a salvar su vida y en posteriores comunicaciones estaremos entregando consideraciones jurídicas que sustenta este petitorio.

Patricia Orozco
Juanita Jiménez
Ana María Pizarro
Azahálea Solís Román
Sofía Montenegro


Catálogo de derechos humanos relacionados con el aborto
Fuente: Movimiento Autónomo de Mujeres de Nicaragua - Camapaña 28 de setiembre




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