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Documentos y debates
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Brasil: Violencia doméstica afecta a cuatro de cada 10 mujeres (Inesc)
"El Anuario es fundamental para la lucha política por los derechos de las mujeres”
Latinoamérica y El Caribe: Imparables el femicidio y la violencia contra las mujeres (Observatorio Género y Equidad)
Reunidas para examinar el estado actual de las políticas,que enfrenten la violencia contra las mujeres, se celebró un nuevo encuentro de la Red Feminista Latinoamericana y del Caribe por Una Vida sin Violencia para las Mujeres. Los informes de las asistentes hicieron evidente que en la mayoría de las naciones de la región campea la impunidad y se incumplen las leyes, en muchos casos, recientemente renovadas.
40% de las mujeres de América Latina y El Caribe es víctima de violencia (CEPAL)
La violencia contra las mujeres y las niñas atenta contra sus derechos humanos (Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe)
Para reflexionar sobre esta realidad y avanzar en el diseño de una campaña regional que apunte tanto a la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer como a la eliminación de la aceptación social hacia la misma, la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe (RSMLAC) realizó en Bogotá, Colombia, entre el 6 y el 8 de febrero de 2008, la Reunión Regional de Redes y Organizaciones que trabajan en Prevención de la Violencia contra las Mujeres en América Latina y el Caribe, en el marco de un proyecto auspiciado por Oxfam-Novib. Febrero de 2008.
El derecho a la integridad sexual en confrontación con el derecho a la cultura (La Comunidad internacional)
Los delitos contra la integridad sexual, entre ellos el abuso sexual bajo la modalidad de supuesto consentimiento en virtud de relaciones de convivencia aceptadas en ciertas comunidades indígenas, resulta objetivamente violatorio de los derechos a la integridad personal y a la dignidad del ser humano. Es doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que se debe aceptar que las consideraciones culturales deben ceder cada vez que entren en conflicto con los derechos humanos, en virtud de las pautas interpretativas que otorga la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Según las mismas, ante un conflicto de preeminencia entre disposiciones de derecho interno y de derecho internacional en el campo de los derechos humanos, debe elegirse aquella interpretación que amplíe y no la que restrinja el goce de los derechos tutelados. Enero 2008.
Mujeres indígenas confrontan la violencia (Foro Internacional de Mujeres Indígenas)
Para abordar de manera efectiva la violencia contra las mujeres, ésta debe ser entendida no como una patología de los individuos perpetradores y de las víctimas, sino como una violación a los derechos humanos de alcance universal, la cual es mediada en cada caso por aspectos de la identidad que van más allá del género, tales como raza, clase, casta, religión, orientación sexual, situación geográfica y grupo étnico. Para las mujeres indígenas,la violencia de género es definida no sólo por la discriminación de género dentro de los contextos indígenas y no-indígenas, sino también por un contexto de continua colonización y militarismo, racismo y exclusión social y políticas económicas y de “desarrollo” que aumentan la pobreza. Estos fenómenos son interactivos y mutuamente influyentes, al igual que los distintos aspectos de identidad que definen las experiencias de violencia de las mujeres y sus estrategias de resistencia. 2006, formato pdf.
Sexualidad, violencia contra las mujeres y derechos humanos (Convención.org.uy)
Destacamos la importancia de este trabajo de Alice Miller, que analiza los elementos que influyen tanto sobre el éxito como sobre los peligros potenciales de las estrategias que colocan la violencia sexual contra las mujeres como la reivindicación central en su trabajo por los derechos humanos. Se pregunta cómo garantizar que las intervenciones del movimiento de mujeres no refuercen, a su pesar, la idea de que lo más importante en una mujer es su castidad. El daño sexual hizo posible la visibilidad de género, pero sin embargo esta idea también podría reforzar creencias profundamente conservadoras sobre las mujeres y la sexualidad. Examina las diversas corrientes tanto dentro de la doctrina y la práctica de los derechos humanos como del movimiento tradicional por los derechos humanos de las mujeres que se han combinado para producir la hiper visibilidad del daño sexual sin generar una atención equivalente para las soluciones y las condiciones que lo permiten. Publicado por la Campaña por una Convención Interamericana
de los Derechos Sexuales y los
Derechos Reproductivos. Este documento de Miller profundiza en los siguientes temas: - Los derechos humanos de las mujeres y el recorrido de violencia contra las mujeres como asunto de derechos humanos en el sistema de la ONU
- Una reflexión sobre la versión reducida del éxito de los derechos humanos de las mujeres en la ONU
- Una exploración acerca de los derechos humanos de las mujeres en el contexto de la ONU: Las doctrinas sobre la igualdad, el desarrollo y la violencia centrada en los actores estatales
- Violencia contra las mujeres: El motor político y de las campañas para relacionar a los derechos humanos con las mujeres
- Un análisis sobre el encuentro entre los derechos humanos y la sexualidad "en teoría y en la práctical"
- Las líneas de falla entre las políticas del cuerpo versus las políticas de la justicia social. La tortura como paradigma de los abusos en materia de derechos y las relaciones entre el cuerpo sufriente y el cuerpo sexual
- Evolución por analogía: la violación como tortura; ¿las sobrevivientes de la violación como ciudadanas?
- Hacer visibles los cuerpos de las mujeres mientras se mantienen presas sus mentes: Las campañas contra el daño sexual interpelan a los derechos humanos
- La responsabilidad del estado: ¿juicio penal o ayuda social? ¿o ambas cosas?
- Ausente del trabajo en derechos humanos: una teoría sobre la explotación
- Procesos penales por daño sexual: Un estudio en detalle de la legislación penal a la luz de su historia como agente regulador
- Cómo opera la respetabilidad en el trabajo en derechos humanos
- Hablando de violencia sexual como mujeres respetables: la credibilidad a través de la respetabilidad
De África para AL: ¿hasta cuándo dejaremos que mueran las mujeres? (Adital)
Actualmente la razón de mortalidad materna en el mundo es de 400 mujeres muertas por cada 100.000 nacimientos, pero ésta es muy diferente según la zona del mundo de la que estemos hablando. Todos los países en que es superior a 1.000 se encuentran en África Subsahariana con excepción de Afganistán que tiene una mortalidad de 1.900. La estimación más elevada para el año 2000 es la de Sierra Leona que se ha calculado en 2.000. En Marruecos es de 220 y en sus vecinos Argelia y Túnez de 140 y 120 respectivamente. Si tomamos otros ejemplos de países de América Latina, Colombia y Ecuador tienen 130 pero Cuba 33. ¿Cómo se pueden explicar estas diferencias en países cercanos, en lo geográfico, en lo cultural y en el nivel de desarrollo? 2005.
Humanidades, derechos y violencia de género (WHRNET)
Informe sobre el significado que ha tenido la utilización del marco de los derechos humanos para las mujeres a partir de la violencia de género contra las mujeres. Se mencionan los diferentes avances legales internacionales a partir del marco, así como sus fortalezas y limitaciones y los retos que tenemos por delante como movimiento de mujeres para abrir otro ciclo de estrategias, visiones y paradigmas. Febrero 2004.
La violencia moral contra las mujeres mayores (Creatividad Feminista)
"Cuando hablo de violencia moral deseo significar un tipo específico de agresividad que no se representa necesariamente por la violencia física. Se trata de violencia simbólica en el sentido de falta de respeto a la dignidad de la persona; el desconocimiento de su valor como ser humano, en lo que atañe a su libertad, a su autonomía, a su derecho a orientar la vida de acuerdo con su propia decisión acerca de lo valioso, de lo que vale la pena elegir como persona". 2002.
Los estereotipos de género en los procesos judiciales y la violencia contra la mujer en la legislación (CLADEM)
Documento referido a los procesos judiciales de Brasil pero que contiene conceptos y análisis de importancia general, que trascienden las particularidades del país. 2002.
Prostitución: el hombre: ¿tiene derecho? (LolaPress)
Hay quienes hablan de libre elección cuando hablan de prostitución. ¿Es libre la mujer prostituida? ¿Ha podido elegir o ha sido elegida? ¿Es correcto decir que ella sólo es libre de no serlo? Una de las paradojas de los discursos sobre la comercialización del sexo es la ausencia de la demanda, de los clientes. Cuando los clientes aparecen en esos discursos es de modo accesorio y accidental, como meras comparsas. Es como si la demanda fuera promovida por la oferta y no, como en realidad sucede, a la inversa. Se invierte el rol principal y protagónico que esta demanda tiene para que existan las prácticas prostituyentes y sean necesarios cuerpos que la satisfagan. 2001.
La violencia contra las mujeres y las niñas. ¿Qué violencia? (Mujeres en Red)
La autora de este documento distingue entre cinco tipos de violencia contra las mujeres: la simbólica, la física integrupal (la guerra, el terrorismo, la violencia mafiosa), la económica, la institucional y la violencia física interindividual. 2000.
Violaciones y abusos sexuales
Serie de folletos de CECYM dirigidos a mujeres que sufren agresiones y su ubicación frente al dispositivo jurídico. Las publicaciones ofrecen elementos prácticos tales como el conocimiento de las posibilidades y limitaciones que ofrecen el marco legal y la vía judicial y de análisis. En formato pdf.
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Conflictos armados y militarización
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Las mujeres al frente de los movimientos contra la militarización (Americas Program)
Estamos frente a una nueva ola de militarización en América Latina. En este contexto, resalta a la vista la resistencia y el papel fundamental de las mujeres en los movimientos contra la guerra y por la paz.
Crímenes de guerra contra mujeres: un infierno privado (Americas Program)
El término “justicia de género” resulta extraño para la mayoría de las personas. Sin embargo gracias a años de documentación de crímenes basados en el género, presión de movimientos femeninos, testimonio de las víctimas y argumentos jurídicos, hoy existe un cuerpo de jurisprudencia y una historia de movimientos que define la justicia o equidad de género y la promueve a nivel internacional.
La guerra contra las mujeres no termina nunca (Rebelión)
Existe una campaña de violencia sexual brutal en Africa Occidental que intenta desestabilizar, dehumanizar y destruir a las mujeres, y por extensión a sus familias y comunidades. La resolución número 1323 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que ya tiene siete años, reconoce la contribución de las mujeres en los procesos de reconstrucción, con el objetivo de que los Estados miembros incrementen la representación de mujeres en todas las negociaciones de paz. Pero no hay ninguna mujer en esas deliberaclones que represente a las más de doscientas mil mujeres cuyas vidas y anatomías fueron y son desvastadas. Febrero 2008.
Violencia sexual como arma de guerra en América Latina (Mujeres Hoy)
En el lapso transcurrido desde la II Guerra Mundial hasta los últimos conflictos armados, el mundo ha visto surgir un fuerte movimiento feminista internacional con capacidad de movilización que persistentemente sigue denunciando los horrores vividos por miles de mujeres en las últimas guerras, exigiendo se tipifique la violación sexual como crimen de guerra, una demanda ganada en 1998 al ser incluida dentro del estatuto del Tribunal Penal Internacional. Aunque en 2001 la Corte Penal Internacional sentó un precedente con la condena a tres militares serbios por haber ordenado y participado en la violación de miles de mujeres musulmanas durante el conflicto armado, no ha tenido hasta hoy réplica en América Latina respecto de los crímenes sexuales cometidos por los ejércitos y los estados durante los conflictos en Guatemala, El Salvador, Chile, Colombia, México y Perú. Diciembre de 2006.
Impacto del conflicto armado sobre las mujeres colombianas (Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH))
Las mujeres colombianas no sólo son víctimas de una discriminación y violencia estructural, exacerbada por el conflicto armado interno, son también portadoras de iniciativas de inclusión, democratización y pacificación auténtica de la sociedad y del Estado colombiano. Noviembre de 2006. Formato pdf.
Activismo de derechos de las mujeres en el conflicto (WHRNET)
Las activistas por los derechos humanos de las mujeres han respondido a los conflictos en todo el planeta durante cientos de años, pero ¿cuál es la relación ente la respuesta internacional al conflicto y la respuesta de las activistas mujeres a la crisis en sus propios países?¿Están las estrategias internacionales de intervención apoyando y colaborando con el importante trabajo que ellas realizan? Enero de 2006. pdf.
Banco de Datos Femicidios y conflictos armados
¿Qué papel juegan los movimientos organizados de mujeres de los países en guerra y en los procesos de paz? Estos y otros temas constituyen la materia prima de la información referida a América Latina y El Caribe.
Mujer y conflicto armado en Colombia
Informe sobre violencia sociopolítica contra mujeres, jóvenes y niñas en Colombia. Junio 2004- Junio 2005, Pdf.
Las mujeres y el genocidio en Ruanda: lo que no se dice (WHRNET)
El genocidio, la violación y la infección por VIH han condenado a estas mujeres a una muerte segura. Las llamamos "sobrevivientes" cuando en verdad sus muertes fueron apenas demoradas. Diciembre 2004.
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La violencia simbólica
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La imagen del sexismo: cuerpos secuestrados (Artemisa Noticias/MujeresHoy)
¿Existe una relación entre violencia sexista y publicidad? El siguiente informe, elaborado por Isis Internacional, ofrece un enfoque crítico de los contenidos más deleznables de ciertos mensajes publicitarios y un breve panorama de la contraofensiva feminista y, a la vez destaca algunas iniciativas desde el Estado. Una gran parte de los mensajes publicitarios que vemos en la actualidad utilizan imágenes y frases claramente asociadas con la violencia sexista, en una suerte de lo que se ha dado en llamar “pornochic”. La investigadora española Inmaculada José Martínez, licenciada en publicidad, advierte que el cuerpo femenino, “es sin duda uno de los elementos simbólicos más recurrentes en la cultura occidental, y el proceso de explicitación de los textos e imágenes publicitarios no ha sido en modo alguno ajeno a ello”. El cuerpo femenino vende. Mayo de 2007.
La violencia simbólica entretejida en la enseñanza del Derecho Penal (IIDH)
Interesante documento que desarrolla en forma exhaustiva este tema, partiendo de los supuestos teóricos continúa con el análisis histórico desde los primeros estatutos normativos, el lugar de la mujer en los códigos penales, la construcción simbólica, la enseñanza, etc. Costa Rica, 2002.
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Organizaciones internacionales involucradas
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OPS: Violencia contra las mujeres (OPS)
En 1993, La Organización Panamericana para la Salud (OPS) aprobó una resolución en la que se reconoció la violencia como un problema importante de salud pública y de derechos humanos y desde entonces ha participado de la movilización del sector salud para abordar este problema. La Organización ha trabajado con el sector salud en el fortalecimiento de la capacidad y la participación de actores interesados en la prevención y la mitigación de la violencia. La Unidad de Género y Salud de la OPS ha desarrollado el Modelo integral para abordar la violencia contra las mujeres, el cual ha sido implementado en 10 países de las Américas, y que incluye la construcción de redes comunitarias para la provisión de atención y apoyo a las víctimas de violencia, y la promoción de relaciones no-violentas.
Estatuto de Roma (Naciones Unidas)
El Estatuto (completo en versión pdf) entró en vigor el 1º de Julio de 2002 e incluye a la violencia sexual -la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y los embarazos forzados- en la definición de crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra: - Artículo 7 - Crímenes de lesa humanidad 1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “crimen de lesa humanidad” cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:
- g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
- h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
- c) Por “esclavitud” se entenderá el ejercicio de los atributos del derecho de propiedad sobre una persona, o de algunos de ellos, incluido el ejercicio de esos atributos en el tráfico de personas, en particular mujeres y niños;
- f) Por “embarazo forzado” se entenderá el confinamiento ilícito de una mujer a la que se ha dejado embarazada por la fuerza, con la intención de modificar la composición étnica de una población o de cometer otras violaciones graves del derecho internacional. En modo alguno se entenderá que esta definición afecta a las normas de derecho interno relativas al embarazo;
- Artículo 8 - Crímenes de guerra 1. La Corte tendrá competencia respecto de los crímenes de guerra en particular cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala de tales crímenes. 2. A los efectos del presente Estatuto, se entiende por “crímenes de guerra”:
- xxii) Cometer actos de violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, definido en el apartado f) del párrafo 2 del artículo 7, esterilización forzada y cualquier otra forma de violencia sexual que tambien constituya una infracción grave de los Convenios de Ginebra;
- e) Otras violaciones graves de las leyes y los usos aplicables en los conflictos armados que no sean de índole internacional, dentro del marco establecido de derecho internacional, a saber, cualquiera de los actos siguientes:
- vi) Cometer actos de violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, definido en el apartado f) del párrafo 2 del artículo 7, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual que constituya también una violación grave del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra;
Instituto Interamericano de Derechos Humanos – IIDH
Protocolo de Derechos Humanos de las Mujeres en Africa (African Commission on Human and People's Rights)
La adopción del Protocolo de los Derechos de las Mujeres en Africa por la Unión Africana (UA), es un paso significativo para promover y asegurar el respeto de los derechos humanos de la población femenina de ese continente. El protocolo obliga a los gobiernos de Africa a eliminar todas las formas de discriminación y violencia contra las mujeres y a promover la equidad entre ellas y la población masculina. (Texto en inglés)
Convención de Belem do Para (Comisión Interamericana de Derechos Humanos - OEA)
Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer. Adoptada en Belem do Para, Brasil, el 9 de junio de 1994, en el 24º período ordinario de sesiones de la Asamblea General. Entrada en vigor el 5 de marzo de 1995.
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Legislaciones nacionales
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América Latina: actualidad de las leyes (Isis Internacional)
La promulgación de leyes específicas sobre violencia en contra de las mujeres es un proceso lento que no está a la par de la gravedad de este problema en la región. A pesar de ello, existen avances. Isis Internacional inició a comienzos de 2006, un trabajo de investigación y sistematización para poner al día el panorama legislativo de América Latina y el Caribe en materia de violencia de género. Diciembre de 2006.
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Cine
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Señorita extraviada
Documental que investiga las circunstancias de los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez, el miedo y la rabia de las familias cuyas hijas han desparecido, quienes continúan sin esperanzas de llevar a los asesinos a la justicia.
Te doy mis ojos (España)
A lo largo de la película, los personajes irán re escribiendo ese libro de familia en el que está escrito quién es quién y que se espera que haga pero en el que todos los conceptos están equivocados y donde dice hogar se lee infierno, donde dice amor hay dolor y quien promete protección produce terror. 2003, pdf.
El amor y la furia (Nueva Zelanda)
Una familia descendiente de guerreros mahoríes convive con un padre violento y problemas sociales debidos a la marginación. Dirigida por Lee Tamahori. 1994
Yol (Turquía)
El desasosiego de cinco prisioneros que reciben un permiso especial para visitar a sus familias marca dramáticamente a esta película que termina siendo un relevamiento social de Turquía en el momento de su realización. Las condiciones humillantes, el sometimiento a distintas escalas (prisión, familia, sociedad) constituyen impedimentos para un ejercicio pleno de los derechos humanos. Un film, además, que transmite vivencias personales del director Güney, él mismo prisionero durante la realización de la película, cuyo rodaje fue en la práctica supervisado por su asistente Serif Goren. Dirigida por Yilmaz Guney, 1982.
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Feminicidios
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CIDH: Estado mexicano es culpable de feminicidio en Juárez (RSMLAC)
Después del asesinato de más de 260 mujeres y la desaparición de casi 4600, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) falló en contra del Estado mexicano por el mundialmente conocido feminicidio en Ciudad Juárez. El tribunal creado por la OEA falló en el caso de tres jóvenes que aparecieron muertas en un descampado en las afueras de la ciudad. Fue una sentencia histórica que tardó ocho años en gestarse. Diciembre 2009.
Feminicidio y desaparición forzada deben legislarse (Cimac Noticias)
La legisladora Victoria Chavira propone que en Chihuahua se tipifique como delito el feminicidio y la desaparición forzada. En la exposición de motivos explica que la iniciativa tiene el propósito de impulsar el proceso de transformación de la esfera de la justicia en las instituciones sociales y del Estado, partiendo del principio del derecho universal a la justicia y eliminar la legitimidad de la injusticia social e institucional hacia las mujeres. Mayo de 2007.
Feminicidios en Guatemala: ni protección ni justicia (AWID)
El feminicidio es el genocidio contra mujeres y sucede cuando las condiciones históricas generan prácticas sociales que permiten atentados contra la integridad, la salud, las libertades y la vida de las mujeres. Para que esto ocurra existe una alianza criminal de silencio, negligencia y omisión de las autoridades encargadas de prevenir y erradicar estos asesinatos. En los últimos seis años han habido en Guatemala alrededor de 2500 feminicidios, tan sólo en el año 2005 hubo por lo menos 655 asesinatos de mujeres. Entrevista a Laura Asturias, perdiodista y activista guatemalteca. Setiembre de 2006.
Femicidio en México y Guatemala (FIDH)
Investigación de la Federación Internacional de los Derechos Humanos (FIDH), sobre los asesinatos de mujeres en México y Guatemala, los problemas estructurales para acceder a la justicia y el cumplimiento por parte de los Estados de sus responsabilidades a la luz de los instrumentos internacionales y regionales de protección de los derechos humanos de las mujeres. Abril 2006
Miedo en Ciudad Juárez
Informe de BBC sobre el caso de las llamadas "muertas de Juárez".
Femicidios e impunidad (Centro de Encuentros Cultura y Mujer - CECYM)
Esta publicación reúne diversos textos sobre femicidios: un estudio de carácter estadístico sobre los homicidios ocurridos durante 7 años en la provincia de Buenos Aires. Otro capítulo se refiere a los femicidios íntimos, es decir, cometidos por varones con quienes las víctimas tenían una relación íntima, familiar. El tercer texto es un testimonio y reflexión de Marie France Labrecque, antropóloga canadiense, integrante de la Comisión Canadiense de Derechos Humanos de solidaridad con Ciudad Juárez que realiza un análisis y comparación entre lo que ocurre en México y en su propio país en torno a los femicidios de mujeres autóctonas en Canadá. Finalmente, un texto sobre los femicidios ocurridos en la ciudad de Mar del Plata, que presentaban similitudes y se los adjudicaba a un homicida serial, y en muchos casos eran crímenes vinculados a las organizaciones proxenetas.
Femicidio, el último peldaño de la agresión (ISIS)
Banco de datos sobre femicidio, información sobre América Latina y Caribe Español.
El femicidio a la OEA (Mujeres Hoy)
Un consorcio de organizaciones y redes de los movimientos de mujeres y organismos internacionales de derechos humanos, han solicitado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) una Audiencia Especial para exponer el grave problema de los asesinatos de mujeres cuyo aumento ha puesto en jaque los sistemas de justicia de América Latina. Enero de 2006.
Ciudad Juárez (Enclave Feminista)
Desde 1993 hasta enero de 2006, más de 430 Mujeres asesinadas, más de 600 mujeres desaparecidas. Eran jóvenes, en su mayoría empleadas de plantas maquiladoras o de comercios en la zona centro de Ciudad Juárez, que no contaban con vehículos para trasladarse y que tenían que viajar en camiones de pasaje urbano.
Recopilación de información sobre Ciudad Juárez (ISIS)
Documentos e investigaciones.
Las asesinadas de ciudad Juárez (CIMAC Noticias)
Cobertura especial de CIMAC Noticias.
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Violencia en la pareja
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Buenas prácticas para la erradicación de la violencia doméstica en la región de América Latina y el Caribe (Unidad Mujer y Desarrollo de CEPAL)
Análisis de la legislación y las prácticas internas de combate a la violencia doméstica a la luz del marco jurídico internacional. sociedad civil. La autora confirma que la lucha contra la violencia aun no se ha convertido en política de estado y está por lo tanto sometida a los cambios gubernamentales, a la falta de sistematicidad en las intervenciones y el deficiente aprovechamiento de los recursos humanos existentes en las organizaciones de la sociedad civil.Setiembre 2005, pdf.
La violencia contra nosotras (Mujeres en Red)
Este artículo se centra en la violencia en la relación de pareja, mal llamada “violencia doméstica”, según su autora: "El concepto “violencia doméstica”, que se ha impuesto en muchas instancias al de violencia de género, oculta una ideología conservadora que proyecta sus políticas con un objetivo de mitigación, pero que no plantea la modificación de la estructura familiar patriarcal. Si las intervenciones oficiales no reconocen que el sexismo es la variable fundamental en la violencia contra las mujeres y no se proyectan de forma estratégica y a largo plazo, no pasarán de ser acciones puntuales con escasa o nula repercusión".Octubre de 2005.
Organización Mundial de la Salud - OMS
Estudio multipaís de la OMS sobre salud de la mujer y violencia doméstica contra la mujer. Primeros resultados sobre prevalencia, eventos relativos a la salud y respuestas de las mujeres a dicha violencia. 2005, pdf.
El ciclo de la violencia (Mujeres en Red)
La comprensión del ciclo de agresión que experimentan las mujeres es muy importante para aprender cómo detener o prevenir los incidentes de agresión. Este ciclo también ayuda a explicar cómo llegan a ser víctimas las mujeres agredidas, cómo caen dentro del comportamiento de invalidez aprendida, y porqué no intentan escapar. Octubre de 2005.
Violencia en la pareja (CEPAL)
La violencia contra la mujer es un tema que recoge una realidad milenaria, amparada y propiciada por el sistema jurídico y soslayada por la sociedad durante mucho tiempo, por considerar esta problemática circunscrita a la esfera privada. Formato pdf.
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Recursos de la ONU
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Violencia de género: estudio de las Naciones Unidas (DAW)
El Secretario General de las Naciones Unidas presentó el documento "Poner fin a la violencia contra las mujeres, de la palabra a la acción" para ser discutido en la Asamblea General realizada el 9 de octubre de 2006. El estudio proporciona recomendaciones sobre las acciones que los gobiernos deberían tomar para poner fin a la impunidad existente con la violencia hacia las mujeres así como tomar en cuenta documentos relevantes de la ONU que abordan este trágico tema, tales como la Plataforma de Acción y la Declaración de Beijing. Octubre de 2006.
El género en las cumbres mundiales (Choike)
Desde antes de la Carta de las Naciones Unidas aprobada en 1945, ya en la Liga de las Naciones las mujeres pelearon y participaron para incorporar reivindicaciones contra la discriminación, para promover el avance legal y social de las mujeres. En esta recopilación tratamos de reunir los esfuerzos realizados durante décadas y señalar los avances logrados.
Convención sobre la Eliminación de todas formas de discriminación contra la mujer (CEDAW) (Naciones Unidas)
Esta Convención puede entenderse, especialmente en este tema, como un desarrollo de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en relación a la mujer y, fue necesaria por el histórico predominio del hombre sobre la mujer, reconocido por las leyes y las tradiciones culturales y religiosas. La Convención, aunque trata el tema de la violencia contra la mujer
sólo tangencialmente, como texto jurídico vinculante, es base suficiente para exigir a los Estados medidas legislativas y administrativas para prevenir, investigar, castigar la violencia y reparar el daño causado (Hanna Binstock, en Leyes sobre violencia sexual en América Latina). en 1992 el Comité de la CEDAW emitió la Recomendación No. 19, en la que solicitaba a los Estados que incluyeran información acerca de la violencia contra las mujeres y las medidas introducidas para enfrentarla. La Recomendación declara que los Estados deben adoptar medidas efectivas para superar todas las formas de violencia basadas en el género, sean éstas perpetradas por actores públicos o privados. Ha recibido la denominación de carta de derechos de las mujeres; prohíbe cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de sexo que dañe o anule los derechos humanos y las libertades fundamentales de las mujeres en cualquier aspecto. Un Comité de las Naciones Unidas supervisa de forma regular el progreso realizado en la aplicación de la Convención y celebra audiencias de informes remitidos por los Estados Miembros. Se ha aprobado también un Protocolo Facultativo.
Convenciones y declaraciones (UNHCHR)
Listado exhaustivo de instrumentos internacionales de derechos humanos. Entre ellos podemos tener acceso a la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer; la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer; la Convención sobre los derechos políticos de la mujer; Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado; Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer y el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
La Plataforma de Acción de Beijing y la violencia contra las mujeres - 1995 (Extraído por Choike)
La Plataforma de Acción de Beijing es el documento más completo producido por una conferencia de Naciones Unidas con relación a los derechos de las mujeres, ya que incorpora lo logrado en conferencias y tratados anteriores, tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la CEDAW (Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer) y la Declaración de Viena. También reafirma las definiciones de El Cairo y se agrega un párrafo sobre los Derechos Humanos en general. Al Artículo 8.25 de la Conferencia de El Cairo se le incluye una recomendación a los Estados a revisar sus legislaciones punitivas.
Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 (Fragmentos extraídos por Choike)
Fragmentos referidos a la igualdad entre los géneros, que se encuentran en los capítulos de Valores y principios; Educación, Empleo; El VIH/SIDA, la malaria, la tuberculosis y otras cuestiones de salud; La mujer en la prevención y solución de conflictos; Derechos humanos; y en los numerales 58 y 59 dedicados a la Igualdad entre los géneros y empoderamiento de la mujer. 24 de Octubre de 2005.
Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing + 5, 2000 (Fragmentos extraídos por Choike)
Se incluyeron por primera vez los crímenes de honor, se fortaleció el lenguaje alrededor de las muertes y la violencia relacionadas con las dotes, se llamó a los países a incorporar legislación sobre la violación marital, se incluyeron los crímenes racialmente motivados así como los ataques con ácido como una forma de violencia, y finalmente se pidió a los gobiernos lanzar una campaña de cero tolerancia a la violencia contra las mujeres.
Conferencia Mundial de Derechos Humanos, Viena, 1993
En esta conferencia se produce un cambio fundamental en la teoría de los derechos humanos, cuando por iniciativa de las mujeres se acepta que los derechos humanos pueden disfrutarse tanto en el ámbito público como en el privado, y por lo tanto pueden violarse en ambos ámbitos. Hasta ese momento el sistema estaba basado en violaciones cometidas por los Estados y referidas al espacio político y social. Por primera vez, actos de particulares, ocurridos en el espacio privado, pueden originar responsabilidad estatal. Artículo 38.
III Conferencia Mundial sobre la Mujer, Nairobi 1985 (ONU)
En 1985, la Conferencia Mundial de Nairobi que marcó el final del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, por primera vez incluyó la violencia contra la mujer en la familia como tema relativo a la paz, al señalar que los golpes, las mutilaciones, quemaduras, el abuso sexual y la violación constituyen un importante obstáculo para la paz; estableció como prioridad la eliminación de la violencia en la familia y planteó la necesidad de que "los gobiernos traten de crear conciencia pública sobre violencia contra la mujer como un fenómeno social", pero no se categorizó la violencia contra la mujer como una violación de derechos humanos, cubierta por la Convención.
Conferencia Mundial del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, Copenhague 1980
La problemática de la violencia contra la mujer se plantea en forma expresa por
primera vez en 1980, en la Conferencia Mundial del Decenio de las Naciones Unidas para la Mujer, reunida en Copenhague. En efecto, entre sus 48 resoluciones se incluye una titulada "La mujer maltratada y la violencia en la familia". En esta resolución se manifiesta la necesidad de reconocer que los malos tratos infligidos a familiares "constituyen un problema de graves consecuencias sociales que se perpetúa de una generación a otra". Se señala además que "... Las actitudes ancestrales que disminuyen el valor de la mujer, han determinado la virtual impunidad judicial de las personas que cometen actos de violencia contra sus familiares o mujeres confiadas al cuidado de instituciones".
La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer
En febrero de 1946 el Consejo Económico y Social decidió establecer ese órgano como una de las subcomisiones de la Comisión de Derechos Humanos integradas por expertos que desempeñaban sus funciones a título personal. No obstante, en su segundo período de sesiones, celebrado en junio de 1946, el Consejo confirió a ese órgano la categoría de comisión intergubernamental directamente dependiente del Consejo. Las sugerencias de las organizaciones no gubernamentales interesadas cumplieron una función importante en el aumento de la categoría de la Comisión, aunque la mayoría de ellas estimó que la Comisión debería haber conservado su carácter no gubernamental. Los textos están disponibles en inglés.
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer
La información se encuentra mayormente en inglés.
Relatora Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la violencia contra la mujer (ONU)
El mandato de Relatora Especial fue creado en 1994 para que la persona tenga posibilidad de reunir y analizar información amplia y recomendar medidas encaminadas a eliminar la violencia en los planos internacional, nacional y regional.
Ni un miunto más - Violencia contra la mujer en el mundo (UNIFEM)
Campaña del Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (UNIFEM). La totalidad del informe se encuentra, lamentablemente, en inglés.
Los derechos de la mujer, responsabilidad de todos (UNHCHR)
Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural en los planos nacional, regional e internacional y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional. Cincuentenario de la Declaración Universal de Derechos Humanos, 1948-1998.
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Libros
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Femicidio: más allá de la violación del derecho a la vida (IIDH)
Análisis de los derechos violados y las responsabilidades estatales en los casos de femicidio de Ciudad Juárez. 2008.
La violencia contra las mujeres: responde el sector salud (Organización Panamericana de la Salud - OPS)
En el libro se reúnen 10 años de experiencia en abordar la violencia de género a nivel de la comunidad, en abogar con formuladores de políticas a nivel nacional, y en aumentar la concientización a nivel internacional. El libro proporciona una estrategia y enfoques concretos no sólo a quienes están en las primeras líneas atendiendo a las mujeres que viven con violencia sino también a las personas encargadas de tomar las decisiones, que pueden incorporar las lecciones en la generación de políticas y recursos. 2003.
La violencia contra la mujer - Feminicidio en Perú (Centro de la mujer peruana Flora Tristán)
La violencia contra las mujeres es la mayor atrocidad cometida contra los derechos humanos en nuestros tiempos. Desde que nacen hasta que mueren, tanto en tiempo de paz como en la guerra, las mujeres se enfrentan a la discriminación y la violencia del Estado, la comunidad y la familia. Cada año, millones de niñas y mujeres sufren violaciones y abusos sexuales a manos de familiares, hombres ajenos a la familia, agentes de seguridad o combatientes armados. Algunas formas de violencia, como los embarazos y los abortos forzados, la “quema de novias” y los abusos relacionados con la dote, son específicas de las mujeres. Otras, como la violencia en el ámbito familiar —conocida también como violencia doméstica—, tienen entre sus víctimas a un número desproporcionado de mujeres. Durante los conflictos armados, la violencia contra las mujeres suele usarse como arma de guerra para deshumanizarlas o para perseguir a la comunidad a la que pertenecen. Octubre de 2005.
Cosecha de mujeres - Safari en el desierto mexicano (Nuestras hijas de regreso a casa)
Un solo homicidio deberia de ser indignante por sí mismo, pero las más de cuatrocientos asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez y en el estado de Chihuahua en una década conforman uno de los más graves episodios criminales del país, una verdadera cosecha sangrienta de mujeres. Agredidas sexualmente, mutiladas y asesinadas, sus cadáveres aparecen días, semanas o meses después de su desaparición en terrenos baldíos o lugares poco frecuentados, y las víctimas son en su mayoría de extracción social baja, trabajadoras inmigrantes y, con frecuencia, recién llegadas. Versión completa en línea.
El silencio que la voz de todas quiebra (Nuestras hijas de regreso a casa)
"El silencio que la voz de todas quiebra nació de la impotencia y la frustración. Nos preguntábamos cómo era posible que los asesinatos violentos en contra de niñas y mujeres siguieran ocurriendo mientras los encargados de dar seguridad a la población, se enfrascaban en repetir hasta el cansancio mitos que al ensuciar la memoria de las muertas, pretendían justificar su propia falta de actuación. No queríamos resignarnos a ver aquellas jóvenes como un número más, ni como las víctimas que propiciaron su propia tortura, ni como una bandera para engrandecer o mermar el poder político de los gobernantes". 1999. Versión completa en línea.
Violencia sexista - Algunas claves para la comprensión del feminicidio en Ciudad Juárez
Se revela una historia de pobreza, misoginia, e impunidad, donde las precisiones conceptuales se ven desbordadas por una violencia estructural que igual sobreexplota el trabajo femenino, o perfecciona “sus recursos discriminatorios y destructivos contra las mujeres, al extremo en que ni las víctimas ni sus familias parecen encontrar justicia, y ni siquiera solidaridad”.
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Gran novela de Bolaño que se divide en cinco partes, todas ellas relacionadas por un tema común: los asesinatos de mujeres en Ciudad Juárez acaecidos en la última década, en un marco de industrialización fronteriza, marginación, inmigración, incultura, machismo exacerbado, narcotráfico, prostitución y corrupción política y policial. 2005.
He visto al diablo de frente
De la escritora francesa Maud Tabachnik, se trata de una novela policíaca, un thriller en el que su autora se muestra como una mujer indignada que quiere denunciar, una vez más, la violencia de género. Lo hace con un estilo directo, a veces duro, cruel y brutal, pero sin exageración. Con frases cortas que impactan. Los crímenes de Juárez son el escenario en donde se desarrolla la obra. 2005.
Ibamos a ser reinas
Mentiras y complicidades que sustentan la violencia contra las mujeres. Este libro está tejido sobre las conversaciones mantenidas con mujeres que vivían en casas de acogida, en pisos tutelados o que ya estaban intentando rehacer sus vidas tras haber pasado unos meses en ellos. Íbamos a ser reinas presenta a mujeres muy valientes que han decidido romper el silencio y la indefensión que han rodeado sus vidas y certificar que los agresores no son locos ni enfermos y que ni la edad ni la pobreza ni el alcohol son motivos de los malos tratos y las agresiones ni los justifican. El único factor de riesgo es ser mujer. 2001.
Por tu propio bien (Alice Miller)
Este libro denuncia los estragos de un tipo de educación —que se propone romper la voluntad del niño para convertirlo en un ser dócil y obediente— y demuestra cómo, fatalmente, el niño que ha sido pegado pegará a su vez, el que ha sido amenazado amenazará y el que ha sido humillado humillará ; cómo, sobre todo, en el origen de la peor violencia, la que uno se inflige a sí mismo o la que se hace padecer al prójimo, se encuentra siempre el aniquilamiento del alma infantil. Tusquets, 1992.
Violencia contra la mujer
La autora, jurista especializada en el tema, escribe sobre las causas de la violencia contra la mujer, el objetivo real de esta violencia, la impunidad, la actitud del sistema judicial, entre otros temas. Si bien fue editado en el año1991, antes que el gobierno de Zapatero comenzara a definir medidas concretas a favor de la paridad y contra la violencia en la pareja, mantiene interés y actualidad a un nivel general que trasciende la situación de España. Círculo de Lectores, 1991.
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