Subgrupo 2

Taller regional para la adopción e implementación de políticas afirmativas para afrodescendientes de América Latina y El Caribe

Promoción de derechos civiles y políticos específicos: plena participación en el gobierno y administración de la justicia

SESIONES:
1ª: Participación efectiva en la vida pública
2ª: La discriminación y la ley
3ª: Tortura,maltrato y uso excesivo de la fuerza

Participación en la vida pública


1. Estudiar y definir de acuerdo a las características especiales de cada país de la región la oportunidad y conveniencia de crear organismos específicos destinados a favorecer la participación política de los afrodescendientes.

2. Estudiar y definir de acuerdo a las necesidades y características de cada país, la implementación de políticas de acción afirmativa como las cuotas especiales destinadas a favorecer la participación política y administrativa de los afrodescendientes, incluyendo los mecanismos de financiamiento de las campañas políticas.

3. Instar a los partidos políticos a que respeten los sistemas de cuotas establecidos e instrumenten la aplicación de multas para aquellos partidos que no respeten los cupos .

4. Favorecer la formación de afrodescendientes para actuar como dirigentes políticos.

5. Instar a los partidos políticos a incluir en las plataformas y programas de campaña, la toma de posición acerca de las reinvindicaciones de los y las afrodescendientes y las estrategias aplicadas para su realización.

6. Garantizar la incorporación de afrodescendientes en cargos electivos, y en posiciones en todas las ramas del Poder Público.

7. Instar a los Estados a que recogan, recopilen, analicen, difundan y publiquen datos estadísticos oficiales y a que tomen todas las medidas conexas para evaluar periódicamente la situación de los y las afrodescendientes, tomando en cuenta la perspectiva de género.

8. Desarrollar investigaciones estadísticas especiales destinadas a evaluar el grado de realización de todos los derechos humanos, tanto los civiles y políticos como los económicos, sociales y culturales de los y las afrodescendientes.

9. Utilizar los datos estadísticos recogidos a efectos de planificar las políticas públicas prioritarias a ser implementadas en carácter de acción afirmativa.

10. Profundizar la discusión y el debate interno acerca de la realidad que padecen los y las afrodescendientes para el conocimiento colectivo de las respectivas comunidades nacionales.

11. Promover los modelos participativos descentralizados para la progresiva incorporación de los y las afrodescendientes en la toma de decisiones comunitarias.

12. Estimular el acceso de los y las afrodescendientes a espacios comunicativos en radio y televisión para que promuevan la consolidación de espacios de participación y promoción de derechos.

13. Instar a la creación en el ámbito de los organismos multilaterales de un fondo destinado a financiar políticas que tengan como beneficiarios a los y las afrodescendientes.

La discriminación y la ley

14. Instar a los Estados a que ratifiquen los tratados y convenciones internacionales de derechos humanos, que consideren hacerlo sin reserva de tipo alguno y a realizar la aceptación de la competencia de los organismos internacionales para recibir y tramitar peticiones individuales.

15. Invitar a los Estados a que consideren la adopción en el ámbito de la Organización de Estados Americanos de una Convención interamericana contra el racismo, la discriminación racial , la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, que amplíe el alcance de los instrumentos internacionales existentes, mediante la inclusión de disposiciones sobre nuevas manifestaciones del racismo, y la discriminación racial, y el establecimiento de mecanismos de seguimiento.

16. Adecuar el sistema jurídico interno, adoptando las normas necesarias de tipo legal y reglamentario para dar efectividad plena a la protección de los derechos contemplados en los instrumentos internacionales vinculantes.

17. Identificar y remover de la legislación interna aquellas normas que posean contenido discriminatorio.

18. Propender una mayor capacitación y sensibilización de la sociedad civil, en particular de las víctimas de discriminación para fortalecer su capacidad en utilizar con mayor eficacia los mecanismos de protección y defensa de sus derechos humanos.

19. Instar a los gobiernos a requerir el fiel cumplimiento de las políticas de acción afirmativa para los contratistas y subcontratistas del Estado.

20. Impulsar la creación de espacios específicos destinados a recibir denuncias de discriminación en los ámbitos policial y judicial, incluida la consideración acerca de la creación de unidades especializadas de policía destinadas a dar respuesta rápida en estos casos.

21. Promover la igualdad racial en la formación de los profesionales universitarios, en particular aquellos dedicados al derecho, fomentando la diversidad e incentivando a los abogados para que asuman la defensa en casos de denuncia de discriminación racial.

22. Promover el nombramiento de afrodescendientes en los órganos de administración de justicia.

23. Promover la participación de los jóvenes en las instancias de decisión a partir de mecanismos afirmativos, en todos los niveles.

24. Simplificar el proceso de denuncia, descentralizando los lugares destinados a la recepción de estas denuncias facilitando el acceso de todos y todas a los mecanismos de denuncia.

25. Asegurar servicios de asistencia letrada y ayuda, en forma gratuita, cuando proceda para la tramitación de las denuncias y, otorgar mayores beneficios procesales para la obtención de la prueba.

26. Ampliar el ámbito de las legislaciones anti-discriminación para que puedan incidir en todas las áreas del derecho.

27. Perfeccionar los mecanismos legales y reglamentarios existentes, a efectos de cubrir las hipótesis donde la discriminación se produce por actos omisivos o políticas que generan un impacto discriminatorio.

28. Reconocer el derecho a recibir reparación o indemnización a las víctimas de trato discriminatorio, incluyendo medidas de carácter compensatorio como el servicio comunitario a ser prestado a organizaciones de afrodescendientes por parte de quienes han sido declarados responsables de dicho trato discriminatorio.

29. Garantizar una amplia legitimación procesal para la presentación de denuncias y demandas por discriminación racial.

30. Realizar estudios sobre la tramitación de causas judiciales, relativas a discriminación racial y al tratamiento dispensado por las autoridades judiciales a los y las afrodescendientes.

31. Adoptar legislación que prohiba la discriminación racial en el ámbito privado.

Tortura, Malos Tratos y Uso Excesivo de la Fuerza

32. Invitar a los Estados a que ratifiquen los pactos y convenciones adoptadas para la protección contra la tortura, los malos tratos y toda forma de abuso contra la integridad personal o la detención arbitraria.

33. Favorecer la adecuación legislativa interna creando figuras penales específicas, como el delito de tortura, contemplando el marco normativo procesal para la aplicación de estas normas.

34. Considerar la abolición de la pena de muerte.

35. Fortalecer la participación de la sociedad civil y el pleno ejercicio de la ciudadanía en la promoción y defensa de los derechos de los y las afrodescendientes.

36. Impulsar los mecanismos de control de delito basados en la aplicación de penas alternativas a la prisión para reducir la eventual aplicación de la tortura y otros tratos o penas crueles o inhumanos.

37. Revisar la formación y capacitación de los funcionarios dedicados al control migratorio para evitar las prácticas discriminatorias contra afrodescendientes y otros grupos nacionales o étnicos, identificando si la eventual fuente de la discriminación reside en el marco legislativo o en la existencia de malas prácticas.

38. Capacitar a los funcionarios públicos, de todos los niveles, dedicados a tareas de seguridad pública, como la policía y las fuerzas armadas, incluidos los encargados de la custodia de cárceles, en materia de derechos humanos y respeto por la diversidad, incluyendo la participación de organizaciones no gubernamentales en los cursos a ser dictados.

39. Realizar evaluaciones periódicas del impacto de la capacitación en la reducción de los casos referidos a mal trato asociado a discriminaciòn racial, en consonancia con las recomendaciones adoptadas en las declaraciones y programas de acción de la Conferencia Regional de Santiago y la Conferencia Mundial contra el Racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia de Durban.

40. Incluir en la curricula de formación de los cadetes de las escuelas militares y policiales y en los cursos de pasaje de grado, las materias referidas a derechos humanos y las especificas referidas al tema de la discriminación. Estos programas educativos deben incluir módulos sobre derechos constitucionales, estándares internacionales de derechos humanos sobre tortura y discriminación racial, historia y experiencias sociales de las personas de ascendencia africana.

41. Capacitar a los agentes de la seguridad privada y controlar el ejercicio de su servicio para evitar excesos de autoridad contra afrodescendientes.

42. Recomendar a los Estados que adopten reformas legislativas de carácter procesal, encaminadas a otorgar valor, solamente, a las declaraciones obtenidas en cumplimiento de las reglas del debido proceso legal, reconocidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

43. Reducir el período de detención administrativa y establecer controles judiciales estrictos al respecto.

44. Disponer la creación de mecanismos de control administrativo, en el propio cuerpo policial destinadas a fiscalizar y reprimir la actuación discriminatoria de dichos agentes, adoptando medidas represivas y especiales de control en caso de agentes policiales que hayan tenido participación directa en la consecución de violaciones a los derechos humanos

45. Crear mecanismos de evaluación acerca del respeto estricto del derecho a un trato humano de que gozan las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión. Esta revisión puede respaldarse en la recolección de información tanto del sujeto activo del delito como de la víctima, desagregándola por raza, color, sexo, edad, y lugar de residencia. En este proceso se deben tener en cuenta los contextos interno de los países y el grado de reconocimiento del problema de la discriminación.

46. Revisar y remover todos los decretos reglamentarios cualquiera sea su fuente legal destinados a regular el “permiso de admisión en el ingreso” a establecimientos públicos o privados que estén destinados a estigmatizar a los afrodescendientes.


47. Instar a las Naciones Unidas y a los Relatores Especiales de ejecuciones sumarias y arbitrarias, y el Relator contra la tortura a explorar la interrelación entre tortura y tratos inhumanos o degradantes, y el tema de la discriminación racial.

48. Alentar a los medios de comunicación social a sumarse al compromiso de lucha y combate contra el racismo y la discriminación, difundiendo las noticias que refieran a casos concretos de encarcelamiento, detenciones arbitrarias o ilegales, incomunicación prolongada, aislamiento y otras formas de trato humillante a los que pueden ser sometidos los y las afrodescendientes.

49. Instar a los Estados a que alienten a los medios de comunicación a que eliminen los estereotipos basados en el racismo, y la discriminación racial.

50. Instrumentar la creación de bases de datos de las denuncias sobre apremios ilegales con las referencias y condiciones de la victima, a cargo de los órganos supremos de la administración de justicia de cada país. Adoptar procedimientos administrativos tendientes a la trasmisión de estas denuncias a los Colegios de Abogados para la protección de las garantías judiciales del debido proceso.

51. Implementar campañas de sensibilización dirigidas a las victimas de racismo para fortalecer la capacidad de denunciar los actos de tortura en la etapa de investigación policial.

52. Instar a los Estados a crear centros y programas de rehabilitación para victimas de la tortura en los que también se estudien los temas conexos de discriminación racial y de género.

Salud

A los gobiernos


· Que den aplicación efectiva a los párrafos correspondientes a salud contenidos en los documentos finales de las Conferencias de Santiago y Durban.
· Que promuevan la recolección de información de salud desagregada por etnia/raza ya que ello constituye un instrumento para definir el diagnóstico de la situación de desventaja relativa de las poblaciones afrodescendientes, para diseñar los programas específicos de Políticas de Acción Afirmativa (PAA), así como una base imprescindible para el monitoreo y la evaluación de impacto.
· Que promueva el desarrollo e implementación de PAA en salud congruente con la vigencia de los derechos humanos.
· Que asegure el equilibrio del diseño de las PAA a través de la utilización de instrumentos diversos (focalización, programas especiales, enfoque de riesgos, campañas especializadas, focalización restrictiva, subsidios, selección preferencial) adecuados a las diferentes áreas de salud (promoción, prevención, organización de sistemas y servicios, capacitación de personal, contratación de personal y calidad de la atención).
· Que introduzcan la criterio étnico / racial en las actividades implementadas en pos de lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio dedicados a salud: reducción de 2/3 de la mortalidad de menores de 5 años entre 1990 y 2015, reducción de 3/4 de la mortalidad materna entre 1990 y 2015 y combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades para el mismo período.
· Que promuevan la cooperación técnica entre países en los temas de salud arriba señalados asegurando la adecuada participación de las comunidades interesadas
· Que mejoren la accesibilidad a los programas especiales de prevención y atención de problemas de salud prevalentes en las comunidades afros tales como, entre otros, la hipertensión, la diabetes, los miomas intrauterinos y, en especial la anemia falciforme.
· Que se adopten criterios de selección preferencial que favorezcan la incorporación de personal de salud de origen afrodescendiente en las unidades de prestación de servicios del sistema de salud.
· Que promuevan el diseño e implementación de programas especiales de “doble referencia” en los que se integre de manera balanceada la medicina occidental y los conocimientos “holísticos” propios a la “medicina popular” de las comunidades de afrodescendientes.
· Que promuevan la sensibilización y capacitación del personal de salud sobre la problemática de la población afrodescendiente promoviendo la participación de los líderes comunitarios.
· Que se estimule la incorporación de contenidos relacionados con la salud de los grupos étnicos / raciales en los planes de estudios de las disciplinas del área de la salud.
· Que faciliten el acceso a los medicamentos para todos y todas.
· Que diseñen programas de salud que tomen en cuenta los diferentes grupos etarios, incluyendo una especial atención a las personas de la tercera edad.

A la sociedad civil

· Que las organizaciones de la sociedad civil apoyen a las comunidades de afrodescendientes para que asuman un papel protagónico en la conformación del diagnóstico de salud de las comunidades, su monitoreo y en la adopción de estilos de vida saludables.
· Que colaboren con las autoridades de salud en la recolección de formación estadística a los efectos de poder crear bases de datos de salud desagregados por origen étnico/racial.

A las agencias internacionales

· Que la OPS/OMS promueva la actualización, en relación a la salud de los y las afrodescendientes, de funcionarios y responsables de desarrollo de programas y políticas a nivel nacional y regional
· Que la OPS/OMS apoye el desarrollo de estudios sobre diferentes aspectos de salud de las poblaciones afrodescendientes.
· Que la OPS/OMS promueva la articulación Inter-agencial en el cumplimiento de las Metas de salud del Milenio con sensibilidad hacia las comunidades de afrodescendientes.
· Que la OPS/OMS apoye financieramente los proyecto de salud para las comunidades afrodescendientes y a aquellos donde la población afrodescendiente constituya un componente fundamental, asegurando la participación de las comunidades en las diferentes fases (diseño, implementación, evaluación).




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